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Condiciones generales

ÍNDICE

Definiciones

Definiciones

Asegurado: Persona física que se encuentra protegida por la presente Póliza, que ha otorgado su consentimiento respecto a las coberturas de este Contrato, siempre que dichas coberturas se especifiquen en la Carátula de la Póliza y cumpla con los requisitos de asegurabilidad establecidos en la Póliza.

 

Aseguradora: Empresa que nos ofrece los seguros a cambio del pago de una prima.

 

Beneficiario:  La persona física y/o moral indicada en la carátula de la Póliza que tiene

derecho a la indemnización respectiva derivada de este Contrato de Seguro y que para

algunas coberturas será el propio Asegurado.

 

Cáncer: Es la enfermedad que se manifiesta por la presencia de un tumor maligno caracterizado por su crecimiento descontrolado y la proliferación de células malignas, así como la invasión de tejidos incluyendo la extensión directa o la metástasis de células malignas en los sistemas linfáticos o circulatorio.

 

Compañía: Significa Mapfre México SA. de CV.

 

Condiciones Generales: Documento que explica los términos bajo los que se rige el contrato de seguros. Este incluye la descripción de la cobertura y exclusiones.


Coberturas: Lo que incluye el seguro. 

 

Exclusiones: Lo que no incluye el seguro. Son los riesgos que no te cubrirá la aseguradora.

 

Muerte accidental: Aquella que es proveniente de una causa externa, súbita, violenta, fortitua e imprevista que ocasione la muerte del asegurado. Se entienda como causa eterna sobre el asegurado aquella que ocurrió independientemente de su voluntad.

 

Periodo de Gracia: Plazo que la Compañía otorga al Contratante para cubrir el monto de Prima, dentro del cual se otorga protección por el presente Contrato de Seguro, aun cuando no se hubiere pagado la Prima correspondiente.

 

Preexistencia: Hay indicios de que el asegurado ha tenido una condición como enfermedad grave, ya sea antes o durante la contratación del seguro. 


Póliza y/o Contrato:  Es el documento donde se establecen los términos y condiciones del seguro contratado entre el Contratante y la Compañía y del cual forman parte y constituyen prueba del mismo el comprobante del pago de la Prima, las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la solicitud de seguro, los Endosos y las cláusulas adicionales que se agreguen.

Prima: La cantidad de dinero que debe pagar el Contratante y/o el Asegurado (de conformidad con lo establecido en la carátula de la Póliza) a la Compañía en la forma y términos convenidos para tener derecho a las coberturas amparadas por este Contrato de Seguro, dentro del período de Vigencia del mismo. La Prima total incluye los gastos de expedición, así como el impuesto al valor agregado o cualquier otro impuesto aplicable.

Siniestro: Evento inesperado que será indemnizado por la aseguradora.

Suma Asegurada: La cantidad y/o responsabilidad máxima indicada en la carátula de la Póliza, en cada cobertura, que la Compañía se obliga a pagar al verificarse el Evento, en caso de ser procedente, en los términos previstos en cada cobertura de este Contrato de seguro.

Vigencia: Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

Seguro devida

Seguro de Vida

Seguro de vida que  protege a la familia del asegurado y le brinda un respaldo económico en caso de que llegar a faltar, con una suma económica desde $25,000 hasta $100,000.

Para que tus clientes puedan hacer uso de su Seguro o Asistencias debes estar al corriente con tus pagos.

 

La pueden contratar personas entre 18 a 75 años con 364 días.

 

Cobertura:

  • Cubre el fallecimiento por enfermedad o muerte accidental.

  • Fallecimiento a causa de COVID-19* se indemniza al 50% de la suma asegurada contratada.


*COVID-19: Enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 (coronavirus).

Se indemnizarán al 50%, cuando la causa de muerte sea identificada con las siguientes enfermedades: (lo anterior por que están relacionadas a COVID-19)

  • COVID19

  • SARS COV 2

  • Coronavirus

  • Sospecha de COVID

  • Probable COVID

  • COVID

  • Neumonía Atípica

  • Enfermedad pulmonar

-Si el asegurado fallece por muerte natural o accidental durante el plazo de seguro contratado, “Mapfre” pagará la Suma Asegurada al beneficiario designado la diferencia entre la suma asegurada contratada por Fallecimiento y el monto correspondiente al pago por la reclamación de la cobertura “Anticipo de Suma Asegurada por Diagnóstico de Cáncer”.

Para el caso en el que el titular no haya hecho uso de la cobertura de “Anticipo por Diagnóstico de Cáncer” se le cubrirá el 100% en caso de Fallecimiento considerando las siguientes exclusiones:


-La cobertura de fallecimiento y gastos funerarios son excluyentes, por lo que el (los) Beneficiario(s) sólo tendrá(n)  derecho al pago de aquella que sea procedente. El pago de la indemnización al ocurrir el siniestro no excederá en ningún caso de la Suma Asegurada de acuerdo al plan contratado que se muestre en la carátula de póliza y causa de fallecimiento.


-Para que los beneficiarios de seguro hagan válido el seguro, el usuario del crédito tuvo que  estar al corriente con sus pagos.

Exclusiones:

  • Actos ocurridos por culpa grave del Asegurado, encontrándose éste bajo los efectos del alcohol  (con un nivel de alcoholemia mayor a 0.4 miligramos de etanol por litro de sangre (mg/L]),l, drogas, psicoactivos, enervantes, estimulantes, sedantes, depresivos, antidepresivos y psicodélicos, excepto cuando éstos hubieren sido ingeridos por prescripción médica.

  • Por la participación del Asegurado en: actos de guerra, guerra extranjera, guerra civil (sea ésta declarada o no), maniobras o entrenamientos militares, servicio militar, artes marciales, invasión, conmoción civil, atentados, sedición, motín, rebelión, revolución, insurrección, marchas, manifestaciones, mítines, levantamientos o movimientos populares.

  • Por contaminación radioactiva producida por combustibles o desechos nucleares. Por cualquier propiedad radiactiva, explosiva o de alto riesgo de cualquier artefacto explosivo nuclear o componente nuclear.

  • Como consecuencia de o en relación con la participación directa del Asegurado en actos delictivos intencionales o su participación en cualquier tipo de riña, siempre que sea el provocador.

  • Por la práctica profesional de cualquier deporte, actividades y deportes bajo el agua y cualquier deporte que requiera del uso de máquinas para vuelo, vehículos de motor o la participación de algún animal.

  • Al encontrarse en vuelos, estancia o permanencia en aeronaves que no sean aviones operados regularmente por una empresa concesionada de transporte público de pasajeros sobre una ruta establecida normalmente y sujeta a itinerarios regulares.

  • Como consecuencia de un accidente de tránsito del que las autoridades no hayan tenido conocimiento.

  • Suicidio, sin importar la causa que le dio origen, siempre que éste haya sucedido dentro de los primeros 12 (doce) meses de vigencia de la póliza , contados a partir de la fecha de inicio de vigencia, sin importar el estado mental del Asegurado.

  • Como consecuencia de un accidente de tránsito del que las autoridades no hayan tenido  conocimiento.

  • El pago de la indemnización por COVID-19, no procederá en caso que el diagnostico positivo de COVID-19 haya sido previo a la contratación de la póliza o la prueba se hubiere realizado con anterioridad de igual forma a la contratación de la póliza; adicional se debe contar con un periodo de espera de 20 días a partir de la fecha de contratación para que opere dicha cobertura, en cualquiera de los supuestos anteriores no aplicara el pago de siniestro.

anticipo

Anticipo por Diagnóstico de Cáncer

Apoyo económico al asegurado en caso que se le diagnostique por primera vez la existencia de algún tipo de cáncer en forma clínica; esta cobertura es indemnizatoria y como medida de apoyo ante los gastos que pudiera llegar a cubrir durante su diagnóstico. 

Si durante la vigencia de la póliza, cualquiera de los asegurados que forma parte del grupo Asegurable, llegarán a diagnosticarle cáncer, “MAPFRE” pagará la cantidad establecida como anticipo de la Suma Asegurada de Fallecimiento

 

Para efectos de esta cobertura, se entiende por cáncer aquella enfermedad que se manifiesta por la presencia de un tumor maligno caracterizado por su crecimiento descontrolado y la proliferación de células malignas en los sistemas linfáticos o circulatorios. 

Para proceder al pago de la indemnización se requiere el dictamen médico donde se detalle el diagnóstico, el estudio hispatológico realizado.

 

Una vez reclamada la cobertura de anticipo de cáncer en caso de Fallecimiento del titular, solo se indemnizará el complemento de la suma asegurada a los beneficiarios.

Cobertura:

  • Hasta $25,000 por primer diagnóstico de cáncer.

  • El anticipo se toma de la suma asegurada del seguro de vida.

  • La cobertura de anticipo por diagnóstico de cáncer se pagará en una sola ocasión durante la vida del asegurado. No se reinstala la suma asegurada.

  • El pago de la cobertura de anticipo de cáncer se realizará siempre y cuando el diagnóstico de la enfermedad este considerado dentro de lo indicado:

    1. Cáncer cervicouterino INSITU (Clase IV, Displasia severa, Noc III, Alto grado)
    2. Existiendo diagnóstico de CÁNCER de cualquier tipo excepto piel y cervicouterino (insitu) y el primer diagnóstico esté dentro de la vigencia.

 

  • Una vez reclamada la cobertura de anticipo de cáncer en caso de Fallecimiento del titular, solo se indemnizará al beneficiario el complemento, es decir, se el anticipo otorgado por diagnóstico de cáncer a la suma asegurada de vida.

Exclusiones:

  • Enfermedades preexistentes previo a la contratación del seguro.

  • Cáncer de piel en cualquiera de sus estadías.

Gastos funerarios

Seguro de Gastos Funerarios

Cubre hasta $25,000 de gastos indemnizatorios por gastos funerarios de acuerdo al plan contratado.

En caso de designar a 2 beneficiarios, el beneficiario preferente será el primero que haya sido designado en la carátula de la póliza y es a quién se le entregará la suma asegurada por gastos funerarios. 

 

Las coberturas de Vida y Gastos Funerarios a causa de COVID-19 se indemnizarán al 50% de la suma asegurada de acuerdo al plan contratado.

 COVID-19: Enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 (coronavirus).

Se indemnizarán al 50%, cuando la causa de muerte sea identificada con las siguientes enfermedades: (lo anterior por que están relacionadas a COVID-19)

  • COVID19

  • SARS COV 2

  • Coronavirus

  • Sospecha de COVID

  • Probable COVID

  • COVID

  • Neumonía Atípica

  • Enfermedad pulmonar

Exclusiones:

  • Se excluye de cobertura repatriación de restos.

  • Suicidio, sin importar la causa que le dio origen, siempre que éste haya sucedido dentro de los primeros 12 (doce) meses de Vigencia de la Póliza, contados a partir de la Fecha de Inicio de Vigencia, sin importar el estado mental del Asegurado.

Asitencia

Asistencia Médica

  • Orientación Médica Telefónica: A solicitud del titular, en caso de enfermedad o accidente, se brindará asesoría médica  telefónica por médicos generales, las 24 horas los 365 días del año, dentro del territorio  Mexicano. Sin límites de eventos.​ Esta orientación médica es sobre: reacciones adversas a fármacos; efectos secundarios de  medicamentos; indicaciones y contraindicaciones de medicamentos; puericultura y  orientación materno – infantil; recomendaciones higiénico – dietéticas; consejo sobre  adicciones; consultas sobre evaluación de distintos tratamientos; valoración de la necesidad  de consultas a especialistas; conexión con servicios de urgencia y emergencia médica y  orientación en primeros auxilios.  El médico efectuará recomendaciones sobre el uso de medicamentos de libre venta, en  ningún caso podrá prescribir medicamentos de control sanitario, como antibióticos,  ansiolíticos, opiáceos y estupefacientes.

  • Concertación de citas médicas a costo preferencial: A solicitud del Titular, se coordinará vía telefónica una consulta médica con Médicos  Generales y Especialistas de la red. El costo de la consulta va por cuenta del Titular y varían  desde $200 hasta $600. La concertación de la cita se realiza de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas y los sábados  de 08:00 a 13:00 horas. La cancelación será con 24 horas de anticipación. Si durante la consulta el médico requiere aplicar algún medicamento o realizar algún  procedimiento, que implique costo adicional deberá tratarlo anticipadamente con el médico  ya que el titular deberá cubrir dichos gastos.

 

  • Descuentos Médicos: Sin límite de eventos. Las 24 horas de los 365 días del año. Se ofrece al titular descuentos en diversos servicios médicos con proveedores de la red, los cuáles se describen a continuación:

  • Hospitales y Clínicas, descuentos del 5% hasta el 20%

  • Laboratorios y de gabinete, descuentos del 10% hasta el 50%

  • Ópticas, descuentos del 5% hasta el 20%

  • Farmacias, descuentos variables con proveedores de la red

 

Sujeto a la disponibilidad de los proveedores de cada Ciudad.

Es indispensable presentar la tarjeta digital para hacer válidos los descuentos, de lo contrario,  la Aseguradora no se hace responsable por la negativa a la prestación del servicio o descuento.  Descarga la tarjeta digital aquí.

Médica

Análisis Clínico

El cliente tendrá derecho a solicitar un análisis clínico al año, que incluye:

Paquete Mujer 

  • Química sanguínea de 27 elementos 

  • Examen general de orina 

  • Electrocardiograma

  • Factor RH

  • Papanicolao o Mastografía 

Paquete hombre

  • Química sanguínea de 27 elementos 

  • Examen general de orina 

  • Electrocardiograma

  • Factor RH

  • Antígeno prostático

  • El cliente podrá solicitar vía telefónica su Análisis Clínico de lunes a viernes de 9:00 hrs a 18:00 hrs o las 24 horas los 365 días del año a través del portal digital de Club Protege “Asistencias Con Crédito”. 

  • El tiempo para confirmar una cita de Análisis Clínicos es de 24 a 48 horas hábiles previas a cita.

  • “Si la solicitud de la cita fue realizada en sábado, domingo o día festivo el tiempo máximo para confirmar inicia hasta al siguiente día hábil”.

  • No se agendarán citas en un horario específico, sin embargo, con base en las indicaciones de cada análisis clínico se le sugerirá al usuario llegar lo antes posible, se buscará la fecha más cercana a la preferencia del cliente para efectuar el Análisis Clínico.

  • Se deberá indicar el lugar donde el solicitante requiere el servicio, detallando estado y municipio. 

  • Se le brindarán las opciones de laboratorio más cercano dentro de la red de Análisis Clínicos para realizarse el servicio. 

  • Podrá escoger una fecha para realizarse los estudios seleccionados, basándose en la disponibilidad del laboratorio. “La atención dependerá de la afluencia de la sucursal”.

  • El solicitante tendrá que mostrar en el laboratorio la orden de presentación, y su identificación oficial. 

  • En caso de no contar con cobertura dentro de la localidad del titular de “ClubProtege” (Con Crédito), debido a que la localidad no cuenta con la infraestructura, es decir, que no exista un laboratorio que realice la totalidad o ninguno de los servicios, se aplicará un reembolso para el usuario por el monto total de sus estudios. 

  • Si se concertó una cita y no puede acudir, el cliente deberá solicitar la cancelación y/o re agendamiento con 24 horas hábiles de anticipación a través del portal “ClubProtege” (Con Crédito). En caso de no comunicarse en el tiempo establecido el evento se considerará como “Otorgado”.

  • En caso de que el usuario no haya seguido las instrucciones proporcionadas previas a los análisis podrá re agendar su Análisis Clínico. 

  • La entrega de resultados será acordada entre el laboratorio y el cliente y se compartirán de 7 a máximo 10 días hábiles.

  • La vigencia de la orden de servicio será de 7 a 15 días hábiles, dependiendo del laboratorio.

NOTA: La atención de los laboratorios para realizar sus estudios es de un horario de 06:00 a 13:00 horas de lunes a viernes. Adicional la atención de laboratorio dependerá de la afluencia del mismo al momento.

Exclusiones del Análisis Clínico:

  • Sólo se aplica reembolso previa autorización de la asistenciadora, es decir, primero se tiene que llamar para solicitar los análisis clínicos y si no se cuenta con la infraestructura en la localidad solicitada, se le dará la opción de reembolso al cliente.

  • Si durante el servicio se requiere aplicar algún medicamento o realizar algún  procedimiento extra que implique un costo adicional, deberá ser tratado anticipadamente  con el laboratorio y médico ya que el Titular deberá cubrir dichos gastos.

Análisis Clínico

Exclusiones a los Servicios de Salud*:

* Orientación médica telefónica, red  de descuentos médicos, concertación de citas médicas, análisis clínico  básico, análisis clínico de especialidad

  • Los médicos generales no están autorizados para recetar (prescribir medicamentos) vía  telefónica o por teleconsulta. La expedición de recetas sólo es factible en la visita a domicilio.

  • No se otorgará servicio a titulares que no estén activos en el sistema.

  • Daños y contingencias provocados intencionalmente por el titular.

  • Los servicios que el titular haya contratado por su cuenta, sin consentimiento y  autorización de la compañía.

  • Hechos y actos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.

  • No se aplican descuentos o reembolsos en caso de que el titular no presente su  identificación oficial.

  • La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por la ingestión  voluntaria de alcohol, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica  y tampoco la asistencia de gastos derivados de enfermedades mentales.

  • Los relacionados con la adquisición y uso de prótesis, anteojos y asistencias por embarazo.

  • Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencia.

  • Cuando el Titular se encuentre en estado de ebriedad al momento de solicitar la asistencia.

  • Todos los servicios están sujetos al buen uso de los mismos.

Asistencia Vial

Los siguientes servicios aplican para el titular, cuando el vehículo fuera del domicilio  particular presente alguna de las siguientes averías menores: ponchadura de llanta,  descarga de batería, falla mecánica o falta de gasolina, previa solicitud del titular al centro  de atención telefónico, la Aseguradora enviará un prestador de servicios para realizar,  según sea el caso y de acuerdo a los siguiente: 2 eventos al año a escoger entre los cuatro  ervicios siguientes:

 

  • Cambio de llanta: Por el propio de repuesto en caso de que el vehículo sufriera una ponchadura de llanta o  que alguna llanta se encontrara tan baja que impidiera continuar con el desplazamiento del  mismo, el proveedor organizará y pagará el servicio (costo de mano de obra) para que se  efectúe el cambio del neumático averiado por el de refacción). Este servicio sólo aplica siempre y cuando el repuesto esté en buen estado y cuente con la  llave del birlo de seguridad. No se incluyen los costos de materiales.

  • Envío de gasolina: En caso de que el vehículo, por algún descuido se quedara sin gasolina, el proveedor  organizará y pagará el envío de gasolina suficiente (5 litros) y (20 litros) en carretera para que el titular llegue a la gasolinera más cercana, el costo de la gasolina corre a cargo del titular.

  • Paso de corriente: La Aseguradora realizará la coordinación del envío de un proveedor para realizar el paso de  corriente. La Aseguradora no se responsabiliza por los daños ocasionados a consecuencia  de fallas en instalaciones eléctricas del vehículo.

  • Envío de grúa: En caso de que el vehículo no pudiera circular por falla mecánica, no a causa de accidente automovilístico, la Aseguradora se hará cargo de su remolque hasta el taller o el lugar que  el titular elija hasta el límite de cobertura. Este servicio no incluye el pago de ningún tipo  de maniobras; definidas como: las que se realizan para acondicionar el lugar y el vehículo,  que requieren de personal y equipo especializado para ponerlo en condiciones de traslado.  No se remolcará el vehículo con carga o con heridos y no se sacará el vehículo si éste se encuentra atascado en baches o barrancos. Ni se realizará ninguna maniobra adicional para  estos efectos, este servicio no incluye vehículos de carga, servicio público o de peso mayor  a 3.5 toneladas. En todos los casos el titular o su representante deberán acompañar a la  grúa durante el traslado, no se remolcará el vehículo sin que el titular o representante lo  acompañe.

  • Cerrajero para automóvil: Se otorgará el servicio en el caso de que el usuario deje las llaves en el interior del automóvil, el usuario previo al servicio deberá identificarse a solicitud del Técnico. Servicios adicionales al descrito anteriormente o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del usuario, quien deberá liquidarlo directamente al proveedor del servicio. Dichas situaciones de emergencia deben ser reportadas por el usuario a Asistencias Con Crédito dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, de lo contrario, el servicio a prestarse al Usuario se limita a la coordinación y seguimiento del mismo, con costo para el Usuario.

Cobertura:

  • La cobertura para los servicios de asistencia vial urbanos (en localidad) tiene un límite de  30 Kms. y para servicios foráneos (en carretera) un límite de 80 Kms.

  • Para los servicios arriba indicados se requiere que el titular esté presente durante todo el  tiempo en que dure la reparación de la eventualidad. En caso de existir excedentes en la  cobertura, el costo adicional será pagado por el titular directamente a los proveedores del  servicio al término del mismo, en este caso la Aseguradora informará al titular el costo  adicional fuera de cobertura del servicio solicitado y sólo previa autorización y acuerdo  verbal del titular, la Aseguradora enviará al proveedor.

 

Exclusiones:

  • En ningún caso se amparan refacciones, gasolina, aceites, acumuladores, neumáticos,  multas impuestas por las autoridades y/o casetas de cobro.

Vial

Asistencia Dental

Tanto la consulta dental como la limpieza oral aplican 2 eventos por año cada uno de hasta $800 MXN. Para hacer uso de esta asistencia el titular deberá presentar una identificación oficial en el  local del proveedor para acreditar que es derechohabiente de este programa.

 

  • Consulta dental: En esta consulta gratuita el dentista realizará una revisión de dientes y encías del cliente e informará cuál es su diagnóstico, sólo en caso de ser necesario, se tomará una radiografía intraoral sin costo para un mejor diagnóstico.

  • Limpieza Oral Preventiva: El dentista realizará un pulido de dientes con pastas abrasivas y cepillos giratorios y/o copas de hule, esta limpieza oral preventiva no se podrá realizar si se presenta gingivitis o enfermedades periodontales. El tiempo promedio de un pulido de dientes puede ser de 10 a 20 minutos dependiendo del estado de salud bucal de cada persona.

  • Eliminación de Sarro por encima y/o por debajo de la línea de las encías: Si en la revisión el dentista determina que el cliente presenta sarro que se encuentra por encima y/o por debajo de la línea de las encías, se cubrirán 2 eventos al año sin costo hasta por un monto máximo de $800 (Ochocientos pesos M.N.) por evento, en caso de haber un excedente deberá de ser pagado directamente en el consultorio. Este tratamiento se podría realizar en una o varias sesiones dependiendo de la cantidad de sarro que presente el paciente

Si se diagnostica al titular una enfermedad bucal como sangrado de encías (Gingivitis) y/o  movilidad de los dientes (Periodontitis), estos tratamientos tienen un costo preferencial  para el titular.

Consultas adicionales o cualquier otro servicio dental con dentistas de la red, a precios  preferenciales. Los costos corren por cuenta del titular:

  • El horario de atención para solicitar asistencia dental será de lunes a sábados de 08:00 a  20:00 horas. Sin costo.

  • El horario de atención en consultorios es de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas y los  sábados de 10:00 a 13:00 horas.

  • El tiempo regular de espera para la atención dental podrías ser hasta 30 minutos.

  • El titular podrá ser atendido por cualquier odontólogo titulado que labore en la clínica dental.

  • La cita podrá concertarse en la localidad solicitada por el titular o bien en la localidad más  cercana dependiendo de las alternativas y disponibilidad en la agenda médica de los  proveedores.

  • Sólo en casos de fuerza mayor se podrá reagendar la cita previamente acordada,  ofreciendo nuevas alternativas de cita directamente al titular.

  • Si durante la consulta el dentista requiere aplicar algún medicamento o realizar algún  procedimiento extra que implique un costo adicional, deberá acordarlo previamente con el  titular ya que éste deberá cubrir dichos gastos.

  • Si el titular no puede acudir a la cita, tendrá que llamar para cancelar con 24 horas de  anticipación, al teléfono de atención designado.

Dental

Asistencia Hogar

A solicitud del titular se proporcionará el servicio de conexión que consistirá en enviar a su  vivienda, profesionales que puedan formular presupuestos o cotizaciones y, en su caso,  realizar las obras o prestar los servicios solicitados.

Los siguientes servicios aplican para el titular, como consecuencia de un evento de  emergencia o caso fortuito, con el fin de limitar y controlar los daños materiales presentados  en su vivienda, de acuerdo con los términos a continuación descritos en un horario de  atención de servicio de lunes a domingo de 08:00 a 20:00 horas en caso de excedentes a la cobertura, el titular deberá pagar directamente al proveedor enviado al término del servicio.  

 

El titular podrá gozar de 1 evento anual a escoger por la suma de hasta $800MXN. La suma  anterior incluye el costo de la mano de obra y el traslado del técnico. Previa solicitud de titular al centro de atención telefónico, la Aseguradora enviará un prestador de servicios  para realizar, según sea el caso y de acuerdo a lo siguiente:

 

  • Cerrajería: Como consecuencia de la inutilización de la cerradura o sea imposible abrir por daño desde  el exterior al interior, la puerta principal de acceso a la vivienda, se enviará a un técnico  especializado en cerrajería que realizará la asistencia para la apertura de la puerta y de esta  forma restablecer el acceso. El servicio aplica también el caso de que el titular deje las llaves  de la casa en el interior de la misma. Previo a la prestación del servicio, el titular deberá identificarse como propietario de la vivienda. El servicio de cerrajería se encuentra  disponible las 24 horas los 365 días del año en localidades principales de la República  mexicana, en el resto de las localidades en horarios respectivos de los servicios de asistencia  de hogar.

  • Exclusiones al servicio de cerrajería: El cambio o reposición de guardas, chapas, candados, cerraduras, pasadores y puertas.  La apertura, reparación y el cambio o reposición de puertas de acceso electrónico a la vivienda afiliada, tanto externa como interna y automóviles que cuenten con este tipo de  chapas. La apertura, reparación y cambio o reposición de pasadores o puertas de seguridad,  tanto externas como internas, así como las instaladas en automóviles. Quedan excluido los cambios en los diseños o especificaciones originales de la vivienda afiliada.

  • Plomería: Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones fijas de agua  potable y/o sanitarias propias de la vivienda se presente alguna rotura, fuga de agua o  avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, se enviará a un técnico  especializado, que realizará la asistencia para restablecer el servicio, siempre y cuando el  estado de las redes lo permitan. En caso de presentarse fugas de gas se brindará apoyo  reportando a las autoridades competentes.

  • Exclusiones al servicio de plomería: Quedan excluidos de estos servicios de asistencia, labores de mantenimiento y la reparación  o cambio de materiales propios como: trabajos de albañilería a consecuencia de reparaciones  de plomería. Compra de accesorios. Cualquier tipo de reparación en áreas comunes  (condominios y unidades habitacionales) o en instalaciones propiedad de la red pública. Radiadores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, electrodomésticos, gas  y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua. Quedan excluidos los  cambios en los diseños o especificaciones originales de la vivienda afiliada.

  • Rotura de cristales exteriores: Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno  de los vidrios de las ventanas o de las puertas que formen parte de la fachada, se enviará a  un técnico que realizará la asistencia de reposición de los vidrios respectivos, siempre y  cuando las circunstancias lo permitan.

  • Exclusiones del servicio de vidriería: Cualquier vidrio que no sea parte de la fachada que dé  hacia la calle, en la cual esté la puerta principal de acceso directo de la vivienda en el caso  e casas o viviendas unifamiliares. Cualquier vidrio que no sea parte de las fachadas que den  hacia los aislamientos del edifico en el caso de departamentos o unidades de vivienda que hagan parte de un edificio. Vidrios quebrados por fenómenos naturales, actos de terrorismo,  motín o vandalismo. La reposición de vidrios no es objeto de garantía. Vidrios blindados, audio aislante o térmico, de hechura o manufactura especial, de espesor mayor a 6 mm.

 

  • Electricidad: Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas  propias de la vivienda, se produzca una falta de energía eléctrica en forma total o parcial, se  enviará a un técnico especializado que realizará la asistencia necesaria para restablecer el  suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las instalaciones lo permitan.  La falla debe ser en la vivienda que habita el titular. También incluye la reparación de tableros de circuitos eléctricos, el cambio de cuchillas (breakers), fusibles (de las mismas características técnicas del averiado) dañados por corto  circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la  vivienda del titular.

  • Exclusiones del servicio de electricidad: Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadoras, secadoras,  refrigeradores y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico.  Cualquier tipo de reparación, reposición y/o cambio en áreas comunes (propiedad en  condominio) o en instalaciones propiedad de la empresa que suministra la energía. El  servicio no se prestará cuando las redes de suministro estén deterioradas y esto ocasione  daños constantes en su normal funcionamiento, y/o hayan sido instaladas sin las debidas  normas técnicas e instalaciones ilegales.

 

Garantía:

Los trabajos realizados por el personal autorizado de la Aseguradora tendrán una garantía  por 30 días, la cual se pierde cuando el titular autorice trabajos con personal diferente al  enviado por la Aseguradora sobre los ya ejecutados o cuando no se avise oportunamente  de la existencia de una incidencia sobre dichos trabajos. Lo anterior sujeto a las respectivas  excepciones.

 

Exclusiones de los servicios de asistencia de hogar:

  • Los servicios se llevarán a cabo, única y exclusivamente en el domicilio registrado del  titular.

  • Los servicios se llevarán a cabo, siempre y cuando no exista disposición de autoridad que  lo impida y el estado de las instalaciones lo permita.

  • Los servicios serán prestados por Empresas o proveedores designados por la  Aseguradora, pero siempre en presencia del Titular o personas expresamente autorizadas  por él.

  • Servicios adicionales a los descritos anteriormente (cerrajería, plomería, vidriería,  electricidad) o costos excedentes al límite máximo de cobertura serán a cargo del Titular,  quien deberá liquidarlo directamente al proveedor al término del servicio.

Hogar

Exclusiones Generales aplicables a todos los servicios de  Asistencia:

 

No son objeto del servicio a que se refiere este documento las prestaciones siguientes:

  • Daños y contingencias provocadas intencionalmente por el titular.

  • Daños que se originen o sean a consecuencia de terremoto, erupción volcánica,  inundación y otros fenómenos naturales.

  • Los servicios que el titular haya contratado por su cuenta, sin conocimiento y  autorización de la compañía.

  • Hechos y actos derivados de terrorismo, motín o tumulto popular.

  • Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerzas o cuerpos de seguridad en tiempos de paz.

  • Los derivados de la energía nuclear radiactiva.

  • Las lesiones o secuelas que ocasione la tentativa de suicidio.

  • Las lesiones originadas directa o indirectamente, de actos realizados por el Titular con dolo  o mala fe.

  • La asistencia y gastos por enfermedad o estados patológicos producidos por la ingestión  voluntaria de alcohol, drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción  médica y tampoco la asistencia y gastos derivados de enfermedades mentales.

  • Las asistencias y gastos derivados de prácticas deportivas en competencias profesionales.

  • Para hacer válidos los servicios de asistencia deberás estar al corriente con tus pagos.

  • Las asistencias correspondientes a tu Club, son válidas mientras tengas un préstamo de  dinero activo o compra vigente en CrediTienda.

  • Las asistencias solamente son válidas para Titulares de crédito.

  • Para hacer válida cualquier asistencia, los usuarios deberán llamar a los números  proporcionados. No aplican reembolsos por servicios no agendados previamente.

Exclusiones generales

Vigencia del contrato.

Para poder gozar de este beneficio el Asegurado deberá estar al corriente con sus primas de seguros.


Terminación y/o cancelación del contrato

El contrato de seguro terminará, sin obligación posterior para MAPFRE México, S.A. y sin notificación alguna, en los siguientes casos:

  • Por falta de pago de primas establecidas en la póliza de seguro.

  • En la fecha en la que el asegurado haya liquidado anticipado los cargos de su seguro.

  • Para poder gozar de este beneficio el Asegurado deberá estar al corriente con sus primas de seguros.

Omisiones e Inexactas Declaraciones

El Asegurado está obligado a declarar por escrito a la Compañía, de acuerdo con el Cuestionario, todos los hechos que se le preguntan, tales como los conozca o deba conocer en el momento de solicitar su incorporación al seguro. Cualquiera omisión o inexacta declaración en relación con lo anterior, facultará a la Compañía para considerar rescindido de pleno derecho del presente contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.

La Compañía comunicará en forma auténtica al Asegurado la rescisión del presente contrato dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha en que la propia Compañía conozca la omisión o inexacta declaración. A pesar de la omisión o inexacta declaración de los hechos, la Compañía no podrá rescindir el presente contrato, en los siguientes casos:

  • Si la Compañía provocó la omisión o inexacta declaración;

  • Si la Compañía conocía o debía conocer exactamente el hecho inexactamente declarado;

  • Si el Asegurado no contesta una de las cuestiones contenidas en el Cuestionario, y sin embargo la Compañía le otorga el seguro. Esta regla no se aplicará si de conformidad con las otras indicaciones del Asegurado, la cuestión debe considerarse contestada en un sentido determinado y esta contestación aparece como una omisión o inexacta declaración de los hechos.

Las obligaciones de la Compañía quedaran extinguidas:

  • Si el asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluirían o podrían restringir dichas obligaciones.

  • Si el asegurado o sus representantes omiten el aviso del evento con la intención de impedir que se comprueben las circunstancias de su realización.

  • Si el asegurado o sus representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no le remitan en tiempo la documentación que la compañía solicite sobre los hechos relacionados con el evento.

  • Si hubiere en el siniestro o en la reclamación dolo o mala fe del Asegurado, del beneficiario, de los causahabientes o de los apoderados de cualquiera de ellos.

Edad

Para efectos de este Contrato de Seguro se entenderá como edad del Asegurado, el número de años cumplidos en la Fecha de contratación de la póliza y las subsecuentes renovaciones. La edad mínima de contratación, la edad máxima de contratación y la edad máxima de renovación, son las que se indican en la carátula de la Póliza.

La edad declarada por el Asegurado deberá comprobarse legalmente y por una sola ocasión cuando la Compañía.

Límite Territorial

La presente póliza solo surtirá efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de los Estados Unidos Mexicanos.

Información General 

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la ley de instituciones de seguros y de fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro quedaron registradas ante la comisión nacional de seguros y fianzas, a partir del día 18 de agosto de 2010, con el número cnsf-s0041-0796-2010 / condusef-002403-02.

 

Póliza/endoso: 1612200000576/0

 

Datos de la Unidad Especializada de Atención de Usuarios (UNE)

MAPFRE México S.A. pone a su disposición, la unidad especializada de atención de usuarios, donde le atenderán de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 14:00 horas, con número de teléfono: 5230 7090 o (01 800) 717 1819 y domicilio en avenida Revolución 507, colonia San Pedro de los Pinos, Delegación Benito Juárez, código postal 03800, Ciudad de México, con correo electrónico UNE@MAPFRE.COM.MX

 

Datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

Domicilio ubicado en avenida Insurgentes sur 762, colonia Del Valle, Ciudad de México, código postal 03100, con número de teléfono: (55) 5340 0999 y (01 800) 999 8080, con correo electrónico ASESORIA@CONDUSEF.GOB.MX o página de internet WWW.CONDUSEF.GOB.MX

Vigencia
Terminacion
Omisiones
Edad
Limite

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