
Plan de Gastos Funerarios
Porque sabemos lo importante que es proteger a quienes más amas, creamos el Plan de Gastos Funerarios, un seguro accesible que te respalda cuando más lo necesitas.
¡Conócelo!

NUESTROS PLANES FUNERARIOS:





Cobertura:

Edades de contratación:
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Titular: Desde 18 años hasta los 65 años con 364 días de edad, con renovación hasta los 75 años con 364 días de edad.
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Hijos: Desde 0 hasta los 25 años con 364 días de edad.
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Cónyuge y Padres: Desde 18 años hasta los 70 años con 364 días, con renovación hasta los 75años con 364 días edad.
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No se considera un límite en el número de hijos a asegurar.
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Solamente se permite contratar un plan por titular. No es transferible.
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Vigencia: 12 meses, a partir de la fecha de inicio del certificado.
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En caso de fallecimiento de cualquier asegurado, la indemnización se entregará en forma automática y directa, primeramente, a su Cónyuge o Concubina(rio) y a falta de éste a sus hijos mayores de edad y, a falta de éstos, a sus padres o a falta de éstos a su sucesión legal.
¿Qué incluye?
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Suma asegurada por $30,000.00 por fallecimiento
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Más Servicio Funerario:
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Recolección del cuerpo y arreglo estético.
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Embalsamiento.
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Ataúd metálico para velación en sala funeraria o domicilio.
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Gestión de trámites en registro civil y salubridad.
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Asistencia jurídica testamentaria vía telefónica por notario o abogado y 2 sesiones tanatológicas.
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En caso de Inhumación - Carroza para traslado a panteón.
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En caso de Cremación - Servicio de cremación y Urna para cenizas.
¿Cómo funciona?​​
En caso de requerir el servicio, el familiar llama a Anemex para solicitar el servicio y se recaba la información para la coordinación del funeral.




¿Cómo reclamar los $30,000.00 de suma asegurada?​​
El beneficiario se comunica a través del whatsApp de Seguros ConCrédito para solicitar la reclamación de la suma asegurada y se recaba la información del siniestro para la coordinación del mismo.




Exclusiones:​
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Exclusiones suma asegurada de $30,000.00 por Gasto Funerario
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Actos ocurridos por culpa grave del Asegurado, encontrándose éste bajo los efectos del alcohol (con un nivel de alcoholemia mayor a 0.4 miligramos de etanol por litro de sangre (mg/L), drogas, psicoactivos, enervantes, estimulantes, sedantes, depresivos, antidepresivos y psicodélicos, excepto cuando éstos hubieren sido ingeridos por prescripción médica.
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Por la participación del Asegurado en: actos de guerra, guerra extranjera, guerra civil (sea ésta declarada o no), maniobras o entrenamientos militares, servicio militar, artes marciales, invasión, conmoción civil, atentados, sedición, motín, rebelión, revolución, insurrección, marchas, manifestaciones, mítines, levantamientos o movimientos populares.
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Por contaminación radioactiva producida por combustibles o desechos nucleares. Por cualquier propiedad radiactiva, explosiva o de alto riesgo de cualquier artefacto explosivo nuclear o componente nuclear.
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Como consecuencia de o en relación con la participación directa del Asegurado en actos delictivos intencionales o su participación en cualquier tipo de riña, siempre que sea el provocador.
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Por la práctica profesional de cualquier deporte de riesgo, actividades y deportes bajo el agua y cualquier deporte que requiera del uso de máquinas para vuelo, vehículos de motor o la participación de algún animal.
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Al encontrarse en vuelos, estancia o permanencia en aeronaves que no sean aviones operados regularmente por una empresa concesionada de transporte público de pasajeros sobre una ruta establecida normalmente y sujeta a itinerarios regulares.
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Como consecuencia de un accidente de tránsito del que las autoridades no hayan tenido conocimiento.
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Suicidio, sin importar la causa que le dio origen, siempre que éste haya sucedido dentro de los primeros 12 (doce) meses de vigencia de la póliza, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia, sin importar el estado mental del Asegurado.
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El pago de la indemnización por COVID-19, no procederá en caso que el diagnóstico positivo de COVID-19 haya sido previo a la contratación de la póliza o la prueba se hubiere realizado con anterioridad de igual forma a la contratación de la póliza; adicional se debe contar con un periodo de espera de 20 días a partir de la fecha de contratación para que opere dicha cobertura, en cualquiera de los supuestos anteriores no aplicará el pago de siniestro.
Exclusiones Cremación e Inhumación
Cremación
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Recolección del cuerpo. Distancia máxima de 50 kilómetros, siempre y cuando se cuente con el certificado de defunción correspondiente y las autoridades lo permitan.
*En casos de muerte legal solamente se podrá cremar el cuerpo si los familiares directos del fallecido lo solicitan y exista autorización por parte del Ministerio Público.
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Sala de Velación. Hasta por un período de 24 (veinticuatro) horas. El servicio incluye una sala que tendrá una capacidad de hasta 40 (cuarenta) personas en circulación, sujeta a disponibilidad de la agencia funeraria asignada. En caso de que la velación sea en un domicilio pactado por los familiares del fallecido, se llevarán a dicho domicilio, los siguientes materiales: Pedestal para ataúd, 4 (cuatro) Cirios (de cera o eléctricos según disponibilidad), 4 (Cuatro) Candeleros y 1 (un) Crucifijo (si el solicitante lo requiere).
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Ataúd para Velación. Se reintegrará a la funeraria al momento de realizar la cremación, dicho ataúd tendrá como mínimo una lámina de calibre 22 (grosor) para mayor seguridad, con la siguientes medidas estándar; largo 196 centímetros, ancho 56 (cincuenta y seis) centímetros, alto 50 centímetros, si el cuerpo del finado tiene una talla mayor a 1.90 metros de altura o pesa más de 90 kilogramos, se requerirá de un ataúd de mayores dimensiones para el cual la familia del finado tendrá que pagar la diferencia de costos.
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Gestión de Trámites. No se incluyen declaraciones ministeriales en las que los familiares tengan que presentarse, ni la obtención del certificado de defunción y Acta de defunción Certificada.
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Traslado en Carroza al horno crematorio. En caso de que la Agencia Funeraria donde se realice la velación no cuente con horno crematorio propio o no esté disponible, la Agencia Funeraria gestionará y realizará el traslado del cuerpo al horno crematorio próximo, los horarios de cremación estarán sujetos a la demanda del horno crematorio.
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Inhumación:
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Traslado en Carroza de Cortejo. Se refiere al traslado del cuerpo del lugar de velación hasta el panteón o cementerio en donde se vaya a inhumar el cuerpo, mismo que será dentro del perímetro del municipio, alcaldía o zona conurbada de la localidad con una distancia máxima de 50 kilómetros.
*Incluye periodo de espera de 90 días
Preguntas frecuentes:​
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​¿Qué incluye el Plan de Gastos Funerarios?
Es un apoyo económico de $30,000.00 y apoyo en la coordinación de servicio funerario para ayudar a los familiares con el aspecto logístico y administrativo vinculado a la pérdida de un ser querido.
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¿A qué clientes les puedo ofrecer el Plan de Gastos funerarios?
Este Plan va dirigido a público en general, puede ofrecerlo a sus amigos, familiares e incluso a sus clientes de VDD y CT.
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¿Puede un Titular contratar dos Planes Funerarios?
No, solo se permite la contratación de un Plan por titular.
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¿La vigencia inicia desde el día de la contratación?
No, la primera contratación tiene un periodo de espera de 90 días es a partir de la renovación cuando la vigencia inicia desde el primer día.
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¿Si mi cliente contrató un Paquete Titular + cónyuge + Hijos la suma asegurada son solo $30,000?
No, son $30,000.00 por cada familiar registrado.
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¿Si el cliente fallece en otro estado si cubre el Plan contratado?
Sí, sin embargo si requiere de un traslado de un estado a otro esto generaría un costo extra.
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¿Si el servicio se solicita directo a la funeraria teniendo el Plan contratado se hace válido el servicio?
No, para hacer uso del servicio funerario debe llamar directamente a Anemex para que el servicio sea coordinado directamente por ellos.
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¿Si tengo un cliente con ClubProtege activo, con un VDD ó CT puede contratar también el Plan de Gastos Funerarios?
Sí, este Plan es independiente del seguro de vida ClubProtege.
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¿El pago puede ser a plazos?
No, de momento es un solo pago a contado con duración de 12 meses.
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¿Se puede transferir el Plan?
No es transferible.
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¿Si contrato un Plan titular y a mitad del periodo quiero cambiar a otro Plan, esto es posible?
No es posible.
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¿Si tengo un Plan titular y al cumplir los 12 meses quiero renovar pero aun Plan diferente se tomará en cuenta nuevamente el periodo de espera de los 90 días?
No para el titular, solo se considerará el periodo de espera para los nuevos agregados.
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¿El servicio de traslado del cuerpo de la funeraria al Panteón incluye parada en iglesia/templo?
No lo incluye, en caso de que lo requiera pagaría un costo extra.
Este producto es operado por Aterna, Agente de Seguros y Fianzas, S.A. de C.V y es propiedad de Mapfre México, S.A. Consulta términos, condiciones y coberturas vigentes (enlace). El producto de asistencia es operado y propiedad de Asociación Necrológica Mexicana, S.A. DE C.V. Fincrementar S.A. de C.V. “ConCrédito” es una entidad comercial, no Financiera.
